Administrados sancionados reincidentes

Actualizado al 31 de Marzo del 2024
Vigencia: Cuando un administrado reincide en una o más infracciones ambientales, su nombre se registra por un periodo de un año. El plazo puede extenderse por un año adicional en caso no cumpla con el pago de la multa impuesta y/o con la medida administrativa ordenada.
Nro. de Expediente:
Sector Económico: Administrado: Unidad Ambiental:
Departamento: Provincia: Distrito:
N° Resolución que declara/confirma la reincidencia:
Fecha de Resolución: Del Al Fecha de Notificación de Resolución: Del Al

Nro.Nro. de ExpedienteNombre, razón o denominación social del infractor ambiental reincidenteRUC/DNIRepresentante a la fecha de ocurrencia del hecho infractorSector EconómicoHecho InfractorUnidad AmbientalDepartamentoProvinciaDistritoFecha de la conducta infractoraNorma Sustantiva IncumplidaResolución que califica como reincidente al infractorFecha de la ResoluciónFecha de NotificaciónResolución que confirma la reincidenciaFecha de ResoluciónFecha de NotificaciónSanción no pecuniariaMulta TotalMedidas CorrectivasN° de expediente del Proceso Contencioso AdministrativoAcciones de remediación realizadasAntecedente
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